Los concejales Carlos Suarez y Jorge Henn (FPCyS)
presentaron un proyecto de Ordenanza mediante el cual proponen crear un
Registro Municipal de cuatriciclos, triciclos, bicimotos y vehículos
similares, que no están contenidos en la normativa de tránsito.
“En la actualidad están circulando por las vías
urbanas una serie de vehículos de dos, tres y cuatro ruedas que tienen
la consideración de ciclomotores que obliga a la adopción de medidas que
llenen el vacío legal que se crea, al menos en la Ordenanza Municipal
de Tránsito” indicó el concejal Carlos Suarez.
También recordó que “los cuatriciclos no son
registrados en el Registro Nacional del Automotor imposibilitando su
individualización y control por las autoridades Municipales, entendemos
que por la catalogación que tienen estos vehículos al ingresar al país,
ya que la mayoría son importados”.
El edil agregó que “si bien estos vehículos están
contemplados e incorporados en el Reglamento General de Tránsito
(artículo 37) como una subclasificación de Automotores, no son
controlados por los inspectores, debido a que no tienen los papeles
reglamentarios como si lo poseen las motos”.
Por ello es que el objetivo de la iniciativa es poder
incorporar los mencionados móviles al sistema de control del que hoy
están exentos. De esta manera se dispone que el Registro funcione en el
ámbito de la secretaría de Control de la Municipalidad y que sea la
Dirección de Tránsito la encargada de observar el cumplimiento de la
legislación una vez que resulte sancionada y puesta en vigencia.
Además se propone elaborar otro Registro Municipal de
Vendedores de cuatriciclos, triciclos, bicimotos y vehículos similares
para poder hacer el efectivo control sobre los mismos.
Documentación
Los titulares de los rodados mencionados, deberán
presentar al momento de su inscripción en el Registro, título de
propiedad o un documento similar que lo acredite, factura de compraventa
y certificado de la Policía donde conste la verificación del vehículo.
En caso de no ser cero kilómetro habrá que tener un constancia en la que
se acredite que el mismo no tiene pedido de captura.
Si ocurriera que el poseedor del rodado no puede
justificar su legítima posesión, deberá suscribir una declaración
jurada, avalada por dos testigos.
Todo vehículo que se incorpore al Registro deberá
ajustarse a las condiciones de seguridad que se indican en la Ordenanza N
º10.017.
Credencial
Finalizada la inscripción, la autoridad de aplicación
entregará a cada titular una credencial (única e intransferible) en la
que se dejará constancia de los datos personales del titular (nombre,
apellido, DNI, domicilio) y del vehículo (tipo, marca y modelo; número
de motor, de chasis y número asignado en el registro).
También se entregará al poseedor una oblea o chapa
identificatoria que acredite haber realizado el trámite de inscripción.
Tipo de carné
Los conductores de triciclos y cuatriciclos deberán
exhibir carné de conducir Clase B. Para bicimotos será el equivalente al
carné de motos.
Tasas
El monto de las tasas de actuación municipal que se
abone por la inscripción y otorgamiento de la credencial, como así
también el valor que tendrán las infracciones y su reiteración serán
definidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, previo acuerdo con el
Concejo.
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